Home Articulos de opinion Educacion La República y la limitación del poder

Contactar

Estadisticas

Miembros : 3
Contenido : 1498
Enlaces : 6
Ver contenido por hits : 3409479

siguenos twitterSiguenos en Twitter

 

 

 

 

La República y la limitación del poder PDF Imprimir E-mail
Usar puntuación: / 1
MaloBueno 
Escrito por hector luis manchini   
Viernes, 17 de Octubre de 2014 16:37

La forma republicana de gobierno que establece el artículo 1º de la Constitución Nacional requiere para su vigencia que los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial sean departamentos independientes del Estado donde ninguno debe inmiscuirse en la esfera propia del otro todo ello para evitar que alguno de los Departamentos del Estado tenga la posibilidad de ejercer la suma del poder público, esto es la totalidad del poder del Estado.

ciceron poderNo obstante la República nunca pudo establecerse, desarrollarse y consagrarse plenamente en nuestro país en tanto el pueblo una y otra vez ha preferido aferrarse a liderazgos individuales, a otorgar todo el poder a una sólo persona que en cualquier tiempo ha ejercido la titularidad del Poder Ejecutivo y así las virtudes y beneficios de la división de poderes nunca han tenido efectiva y real vigencia en Argentina.

Así se destaca que a los argentinos en el fondo no nos molesta que una sola persona concentre todo el poder. La sociedad argentina no está familiarizada con la idea del poder limitado. Al contrario, lo está con la idea del poder concentrado. Ve con naturalidad la figura del “jefe único” frente a cuya voz todos se callan y obedecen. No termina de procesar la idea de que es ella (los individuos que la componen, en realidad) la “poderosa” y no el Estado. Que es éste el que debe ajustarse a severos límites en su accionar para dejar el máximo margen de maniobra posible a la soberanía y a la libertad individuales (Ver sobre el punto Carlos Mira “Ahora van por la Corte”, del 16/102014, en Infobae.).

Somos una Nación donde el presidencialismo encarnado en la figura de un líder o un caudillo ha derogado de hecho a la República, la división de poderes, la soberanía del pueblo y tal realidad es aceptada y alentada por el hombre común y puede apreciarse en las campañas políticas donde se ensalzan las virtudes del candidato a la titularidad del Poder Ejecutivo y culmina cuando el elegido, al ejercer el poder que le han delegado lo hace tal como en los hechos le ha sido asignado por el pueblo, esto es de manera absoluta, exclusiva y excluyente sin más limitaciones que su propio criterio y voluntad.

En suma si apreciamos la experiencia de décadas de gobiernos civiles nos toparemos -tanto a nivel nacional como provincial - que el pueblo, la sociedad argentina, elige un presidente y le otorga plenos poderes, la suma del poder público sin advertir que al hacerlo resigna su derecho a exigir legisladores que se enfrenten al proyecto de ley contrario al bienestar general, o a una justicia independiente del Poder Ejecutivo.

En última instancia es el pueblo, dueño del poder soberano quien en los hechos y al tiempo del voto delega sin límites su poder soberano a una persona para que lo ejerza absolutamente, sin limites ni cortapisas olvidando que como señalaba Lord Acton “El poder tiende a corromper y el poder absoluto corrompe absolutamente”.

Última actualización el Sábado, 18 de Octubre de 2014 15:42
 
Copyright © 2024 derechodelavictima.com.ar. Todos los derechos reservados.
 

Total visitas

Visitas: 2206

Visitas

mod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_counter
mod_vvisit_counterHoy143
mod_vvisit_counterAyer536
mod_vvisit_counterEsta semana143
mod_vvisit_counterÚltima semana3895
mod_vvisit_counterEste mes10892
mod_vvisit_counterÚltimo mes15209
mod_vvisit_counterTodos los días2119374

Comparte

Lo último en Twitter