En la editorial del diario Rio Negro on line bajo el título “La verdad, siempre” se destaca: “Que donde el Poder busque imponerse por afuera del Derecho y la verdad vamos a alzar la voz para que la escuchen nuestros conciudadanos.”, y al final se culmina la nota con expresiones del fundador del periódico citado Don Fernando Rajnieri donde se expresa: “Narra la verdad sin encono y sin violencia. Narra la verdad con prescindencia de todo interés personal. Narra la verdad aun contrariando tus propias convicciones. Si ella evidencia y confirma tus errores, sé leal a tu propia conciencia. Narra siempre la verdad”.
Así como la verdad hace a la esencia del periodismo independiente y serio la misma calidad adquiere cuando se trata de la investigación de delitos por el Poder Judicial y por ello la verdad es el fin último del proceso penal.
No obstante, lo dicho la ley 1784 que regula el nuevo Código Procesal Penal del Neuquén cambia de paradigma y jueces y fiscales no trabajan en procura de la verdad sino intentando resolver el conflicto generado por la acción ilícita.
Al respecto explicando la novedosa ley de forma la Dra. Letizia Lorenzo en su carácter de Secretaria de la Escuela de Capacitación del Poder Judicial Neuquino en separata de fecha 01/01/2014 señala que la nueva normativa procesal neuquina no pretende hallar la verdad de lo ocurrido en el asunto penal de que se trate sino solucionar el conflicto criminal indicando sobre el punto " El Código Procesal Penal cambia esta visión en forma contundente, ya que establece una finalidad completamente distinta para el proceso: la solución del conflicto. Conocer este cambio es fundamental para oriental el trabajo en el nuevo proceso penal ya que genera obligaciones muy diferentes. Para lograr una solución del conflicto, lo primero que tenemos que saber es qué quieren obtener las partes y qué pueden ceder. Se ve entonces como, a partir de esta diferencia, llegar a una "verdad acabada sobre lo que sucedió no será siempre el centro de trabajo".
Modestamente entiendo que convertir una cuestión de derecho público en una controversia privada donde las partes pueden disponer sobre autores, penas y delitos como sucede en el derecho civil determina que el Código Procesal Penal del Neuquén no sea una herramienta adecuada para que la seguridad y la justicia se realicen en la Provincia del Neuquén ya que dejar de lado la verdad de lo ocurrido al investigar cualquier crimen constituye – como sucede al ejercer el periodismo con idoneidad y compromiso - una falta inaceptable que debe salvarse en una eventual reforma de la ley procesal neuquina. |