El señor presidente de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, el Dr. Gustavo Hornos, votó en minoría en la causa «Vialidad» sosteniendo que la expresidente Cristina Fernández además del delito de administración fraudulenta, ella y su esposo junto a otros funcionarios, debían ser condenados por asociación ilícita, remarcando que la exvicepresidente «fue la jefa de esa organización».
El suscripto coincide íntegramente con el criterio del Dr. Hornos en particular por la circunstancia que en el caso se dan los tres requisitos que exige el tipo penal, eso es: a) tomar parte de una asociación ilícita o banda b) un número mínimo de partícipes c) un propósito colectivo de cometer delitos (Cam.Nac.Crim. y Corr.Fed.; Sala I, 12/10/2000)
La opinión del Dr. Hornos fue seguida por la apelación formulada ante Casación por el Fiscal Mario Villar quien presentó ante la Corte una queja y se lleve de 6 a 12 años la condena a la expresidente. Para ello reclama que se revoque su absolución por asociación ilícita y también se la condene por este delito.
«La misma opinión fue adoptada por el Procurador ante la CSJN, Eduardo Casal quién el jueves 15/05/2025 pidió se condene a la expresidenta Cristina Fernández a 12 años de prisión afirmando que “… no hay ninguna justificación para acudir a algún artificio cuando de lo que se trata aquí es de la adjudicación fraudulenta de 51 contratos de obra pública dentro de un esquema comprobado de corrupción”».
Así las cosas, solo queda la decisión final de la CSJN quien se expedirá luego de los trámites de rigor en un término de aproximadamente 95 días.
Imagen de Alfredo Sabat. La Nación
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