“El poder tiende a corromper y el poder absoluto corrompe absolutamente”. Lord Acton
La forma republicana de gobierno que establece el artículo 1º de la Constitución Nacional requiere para su vigencia que los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial sean departamentos independientes del Estado donde ninguno debe inmiscuirse en la esfera propia del otro.
Lo expuesto precedentemente no es la idea de la Sra. Presidente que en una de sus habituales disertaciones, con fecha 10 de junio de 2013 reclamo sumisión a los miembros de la Corte propuestos por ella, es decir en otras palabras reclamó que sus votos en cada fallo se ajusten a sus deseos acusándolos de desmemoriados y sosteniendo que los jueces no surgen de una baldosa, cuestionando particularmente al Dr. Fayt designándolo como juez centenario, olvidando que el magistrado está absolutamente legitimado para ejercer el cargo pues así lo determinó un fallo de la Corte Suprema de 1999 luego de un planteo del magistrado al que el Alto Tribunal le dio la razón.
También la Sra. Presidente cuestionó los fallos de los Tribunales Federales que han decretado la inconstitucionalidad de la Ley de Democratización de la Justicia en ejercicio del control de legalidad que hace a la esencia del Poder Judicial, sugiriendo finalmente que el Congreso y el Poder Judicial no pueden desviarse del modelo impuesto por el Poder Ejecutivo, pronunciándose en favor del "juez militante".
La breve síntesis de las principales manifestaciones de la Sra. Presidente pone de manifiesto su rechazo absoluto a la forma democrática de gobierno que -como hemos dicho supone una estricta división e independencia de poderes -.
Aunque proclama la democracia y la república sosteniendo que nadie tiene que temerle a la democracia, en realidad sus palabras dicen de un régimen absolutista ejercido exclusivamente por ella y sus afines y que reclama diez años más de gobierno.
La Sra. Presidente siendo abogada no puede desconocer que concentrar todo el poder en sus manos es imposible en una democracia representativa y republicana y tanto es así que el artículo 26 de la Constitución Nacional lo considera un delito grave, previendo la sanción que le corresponde a los infames traidores a la patria a los que por acción u omisión determinen que esa suma del poder público se concrete.
Obviamente, salvo que se derogue la Constitución Nacional vigente y se la suplante por una afín a las pretensiones de la Sra. Presidenta, no hay manera que el Poder Judicial no siga manteniéndose independiente del Poder Ejecutivo ni que el mandato de la Sra. Titular del Poder Ejecutivo se extienda más allá del año 2015.
En suma, a pesar de los alegatos de la Sra. Presidente y de aquellos que le son fieles seguidores, en un par de años la banda presidencial y el bastón de mando cambiará de mando indefectiblemente pues el mandato que el pueblo le otorgo a la Sra. Cristina Fernández habrá fenecido y esta deberá entregar los atributos presidenciales a quien haya resultado electo para dirigir los destinos del país en su reemplazo.
Así lo establecen las reglas de la democracia, que como señaló la Sra. Presidente en su último alegato, no hay que tenerles miedo. |