Con fecha 5 de Junio de 2012 la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por Fernando Ariel Carrera contra la denegatoria del remedio recursivo interpuesto por el condenado contra la sentencia dictada por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal respecto del fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 14 de la Capital Federal que condenara a Fernando Ariel Carrera a la pena de treinta y cuatro años de prisión, accesorias legales y costas por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de robo agravado por el empleo de arma de fuego, en concurso real con los delitos de homicidio reiterado –tres hechos-, lesiones graves reiteradas –dos hechos-, lesiones leves reiteradas –dos hechos-, abuso de arma de fuego y portación ilegitima de arma de guerra, estos últimos por los que debía responder como autor dejando sin efecto la resolución recurrida disponiendo que los autos vuelvan al tribunal de origen para que por quien corresponda se dicte el nuevo fallo.
Que conforme a la decisión precedente Carrera, habiendo cumplido siete años y medio de prisión, es dejado en libertad en tanto no cometió ninguno de los delitos que se le atribuyeran pues en realidad había sido condenado por hechos a los que fue ajeno habiendo sido en su momento perseguido y acribillado por la policía que lo confundió con un ladrón que había cometido el robo y huido en un vehículo similar al de Carrera.
Luego de la sentencia de la CSJN se pensó que el error sería subsanado, el equívoco salvado y la víctima continuaría en libertad dejando atrás los injustos siete años y medio en que padeció encarcelamiento.
Pero en un país sin justicia hace un par de días los magistrados que debían resolver el caso definitivamente conforme lo dispuso por la Corte se limitaron a rebajar la condena originaria imponiéndole una nueva pena de 15 años en prisión que genera que Carrera deba volver a la cárcel por lo menos por tres años hasta estar en condiciones de obtener la libertad condicional y ello siempre que logre que se la concedan.
Así como en el caso "Candela", "Cabezas" el actual caso "Ángeles" y miles de trámites penales similares que no son conocidos por la opinión pública, se llega a padecer por imputados pobres y sin poder penas por delitos que no han cometido y donde los verdaderos autores son rigurosamente resguardados por aquellos miembros de las fuerzas del orden y de la justicia que debiendo cuidar a la gente decente se encarga de encubrir a los criminales.
Por lo dicho, porque cualquiera puede ser víctima de la ausencia de seguridad y justicia, ya sea al caer en una celada que lo haga autor de delitos cometidos por otros o absteniéndose de investigar seriamente cuando el hombre de a pie es vulnerado en su libertad o bienes por los delincuentes, afirmo que en este desafortunado país - salvo los amigos, parientes y referentes de los dueños del poder político - los demás estamos en libertad condicional. |