Contactar

Estadisticas

Miembros : 3
Contenido : 1496
Enlaces : 6
Ver contenido por hits : 3391166

siguenos twitterSiguenos en Twitter

 

 

 

 

De los jueces PDF Imprimir E-mail
Usar puntuación: / 0
MaloBueno 
Escrito por hector luis manchini   
Domingo, 20 de Septiembre de 2015 16:07

mazo juezEn Carta de Lectores del Diario Río Negro de fecha 20/09/2015 el lector Martín Javier Antonowicz al referirse al perfil del juez dice: “Sería fácil a primera vista pretender magistrados con dotes morales intachables, eruditos del derecho, independientes, razonables, con sensibilidad social y cuanto otro atributo se pueda pensar para quien imparte justicia. He de reconocer que un perfil semejante resulta tentador de exigir, pero ocurre que los jueces no surgen del Olimpo de los dioses sino del entramado social al que pertenecemos.”

Es cierto que los jueces no surgen del Olimpo sino de la sociedad en que vivimos más los recaudos que deben reunir son realmente excepcionales pues tienen la difícil tarea de dar a cada uno lo suyo, de restablecer el equilibrio roto por el delito o el incumplimiento de contratos, obligaciones alimentarias, sancionar la violencia de género, decidir la adopción de un niño, en suma resolver una multitud de temas delicados y complejos que se someten a su conocimiento y decisión y por ello es de absoluta necesidad que los valores como el honor, la honestidad, la decencia, el equilibrio, el pleno conocimiento de la ciencia jurídica, la razonabilidad, el sentido común el natural manejo de la lógica, y una experiencia valiosa y reconocida integren su acervo personal y profesional.

De todo los méritos exigibles a un juez el que está en primer lugar y debe computarse antes de analizar los otros es la independencia respecto de cualquier tipo de presión. Sin duda es el más relevante, pues ello garantiza a los justiciables que la sentencia que el magistrado dicte es el resultado de una justa aplicación de las reglas de la lógica, la experiencia y el sentido común, refleja la verdad de los hechos sucedidos y la exacta aplicación del derecho previsto para el asunto en cuestión.

La independencia es de origen y de desarrollo, es decir que el magistrado debe ser designado por un Consejo donde sus miembros sean objetivamente libres, no condicionados por causa alguna debiendo contar las mismas virtudes morales y éticas que se requiere a los jueces, pues sólo un cuerpo integrado por hombres y mujeres de excelencia pueden seleccionar jueces probos e independientes.

Luego, con el juez en el cargo, este cumplirá su rol volcando en todos sus actos los exigentes recaudos enunciados más arriba, concentrándose solamente en la justa decisión de la causa, repeliendo con los tapones de punta cualquier intención de torcer su recto proceder y así su oficina será un templo donde no existen amigos, parientes, relaciones de ninguna clase, el juez es el hombre solo, que no puede darse el lujo de asistir a eventos sociales o reuniones que lo marquen con alguna etiqueta ya que ello puede afectarlo, es el hombre o mujer sin afectos íntimos o relevantes para no dar motivo de excusación o recusación en alguna causa privando a las partes de la garantía del juez natural.

El fiel cumplimiento del recaudo de la independencia puede llevar en ocasiones al mobbing y al agravio como sucedió recientemente con los dos valientes jueces tucumanos que decretaron la nulidad de la fraudulenta elección en esa provincia o a la muerte violenta ocurrida al fiscal Alberto Nisman ejecutado días después de su denuncia de encubrimiento, exactamente la noche anterior a su exposición en el Congreso.

Por ello las exigencias expuestas no son cualidades que debe reunir un ser trascendente sino cualidades imprescindibles para ser juez y el que no esté dispuesto a una vida tan rigurosa no puede serlo, simple y claro, aquellos que desempeñan sus funciones sin observar las reglas enunciadas no cumplen su rol, esto es dar a cada uno lo suyo, con imparcialidad, juzgando con la misma vara al hombre de a pie como al funcionario más encumbrado, no tiene amos es orejano, y su única meta es aplicar, en cada caso, la ley con una justa ponderación de los hechos acaecidos.

Última actualización el Lunes, 21 de Septiembre de 2015 16:08
 
Copyright © 2024 derechodelavictima.com.ar. Todos los derechos reservados.
 

Total visitas

Visitas: 1883

Visitas

mod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_counter
mod_vvisit_counterHoy510
mod_vvisit_counterAyer315
mod_vvisit_counterEsta semana1434
mod_vvisit_counterÚltima semana4472
mod_vvisit_counterEste mes1434
mod_vvisit_counterÚltimo mes15209
mod_vvisit_counterTodos los días2109916

Comparte

Lo último en Twitter