Escrito por hector luis manchini
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Viernes, 02 de Diciembre de 2022 13:49 |
ATE y organizaciones afines a la vicepresidente Cristina Fernández han formulado y difundido amenazas tendientes a condicionar la decisión de los jueces que el 06/12/22 se pronunciarán en el juicio «vialidad» sobre la absolución o condena respecto de la imputada afirmando que si el pronunciamiento de la justicia es la condena «pararán el país».
Así las cosas, las expresiones del párrafo precedente constituyen un delito tipificado en el artículo 149 ter inciso 1°a) del Código Penal que cuando las amenazas tuvieren como propósito la obtención de alguna medida o concesión por parte de cualquier miembro de los poderes públicos se les aplicará una pena de cinco a diez años de prisión o reclusión.
El delito de coacción que implica esta acción es un delito formal que se perfecciona con la mera utilización de la amenaza con la finalidad de obligar al amenazado, independientemente del resultado obtenido por el procedimiento compulsivo.
Luego al menos respecto de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) que hizo saber la coacción mediante afiches y difusión en distintos medios corresponde que el fiscal al que toque por la jurisdicción inicie la investigación pertinente a los fines de que los autores de este grave ilícito sean imputados y en su momento condenados conforme lo expuesto.
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Última actualización el Viernes, 02 de Diciembre de 2022 13:59 |