Es de público y notorio la ansiedad que reina entre los candidatos que aspiran a triunfar en las próximas elecciones en los distintos cargos de la administración pública, esto es, para alcanzar el carácter de funcionario público.
Así pensé que podría contribuir a orientar al votante haciéndole saber los principales artículos de la ley 25.188 de “Ética en el ejercicio de la función pública” apreciando la relevancia que adquiere la normativa citada y que la omisión de actuar en forma exactamente contrarias a los preceptos ha llevado a la ruina que hoy padecemos así el art. 1 de la ley prescribe “Deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías”.
Señalo que en 1er lugar se exige que quién aspire a desempeñar las distintas funciones del Estado deben cumplir y hacer cumplir estrictamente la Constitución Nacional, las leyes y reglamentos que en su consecuencia se dicten y defender el sistema republicano y democrático de gobierno.
Adquiere especial relevancia la necesidad de desempeñarse con la observancia y el respeto de los principios y pautas éticas establecidas en la ley que comentamos que exige una conducta honesta, proba, recta de buena fe y austeridad republicana.
La norma exige que el funcionario público debe concretar todos sus actos orientándolos a la satisfacción del bienestar general por encima del particular, no debe recibir ningún beneficio personal por la acción y omisión de un acto inherente a sus funciones, solo emplear los bienes públicos con los fines autorizados absteniendose de usar las instalaciones y servicios del Estado para su beneficio particular, observar en los procedimientos de contrataciones públicas en los que intervengan los principios de publicidad, igualdad, concurrencia y razonabilidad, sirviendo de ejemplo en este punto anómalas contrataciones efectuadas por los funcionarios públicos lavando dinero mediante testaferros llegando a invertir en el extranjero dinero sustraído al pueblo de la Nación.
Sobre el particular Juan B. Alberdi en su “Obras Selectas” condenaba este comportamiento en los siguientes términos “Aprovechar de los empleos públicos, para hacer fortuna y ausentarse con esa fortuna a países constituidos para gozar de ella… al abrigo de instituciones que han sabido formar otros más fuertes que nosotros, es la tendencia de los hombres públicos en épocas de ruina y de disolución política. En esos hombres ha muerto todo el sentimiento público de patria y de orgullo nacional. Es vergonzoso robar a un país no sólo la fortuna, sino la cooperación y auxilio que se le debe dar para crear las garantías que sin pudor se van a mendigar al extranjero”.
Téngase presente.
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