Que con fecha 15 de julio de 2011 el diario www.latercera.cl de Chile bajo el titulo “Tribunales dejan en libertad a joven acusado de lanzar molotov a carabinero” pone de manifiesto que Francisco Moreno Orellana de 20 años lanzó una bomba molotov en el transcurrir de manifestaciones publicas que dejó con quemaduras graves al sargento de carabineros Gastón Pastén durante la marcha estudiantil por la Alameda que concluyó con setenta detenidos, destacando que el juez a cargo de la causa Diego Muñoz resolvió dejar en libertad al victimario con medidas cautelares de arraigo nacional, firma semanal y prohibición de participar en manifestaciones públicas.
Que ante esta decisión el Sr. Presidente de la Republica de Chile Sebastián Piñera, puso de manifiesto que “El hecho de que Francisco Moreno haya quedado libre me parece un grave error, y el gobierno va a apelar. Porque una persona que atenta con una bomba molotov a mansalva, a sabiendas, en forma realmente criminal, no merece estar libre. Y hemos apelado esa resolución y espero que la Corte de Apelaciones revoque esa decisión del juez de primera instancia”.
A su vez el diputado de la UDI Gustavo Hasbún calificó como “descriteriado” al juez Diego Muñoz.
Estas declaraciones tuvieron rápida respuesta por parte del citado juez interviniente, titular del Séptimo Juzgado de Garantías, quién estimó como ‘graves’ las palabras del diputado de la UDI.
A su vez tiempo en una declaración, que asume el rol propio que corresponde a las Asociaciones de Magistrados en las democracias republicanas, la Asociación Nacional de Magistrados del país vecino reacciono a través de una declaración efectuada por el presidente de la institución Leopoldo Llanos, quién sostuvo: “Me parece que estas declaraciones de estas autoridades son de mayor gravedad porque acá se han inmiscuido en facultades propias del Poder Judicial. Nos parece que hacer este tipo de declaraciones significa presionar a los jueces para que ellos adopten las medidas que a ellos les interesa. …. Llanos recordó que los funcionarios judiciales no opinan sobre las decisiones de los parlamentarios. No puede atribuirse esto a un descriterio. Los jueces no pueden, cuando los parlamentarios aprueban un proyecto desacertado, decir que eso es descriteriado.”
Lo expuesto es una clase practica de democracia representativa, que lamentablemente no se registra en la Argentina, en efecto el dato fundamental de la democracia republicana es la división de poderes, esto es que ninguno de ellos –el Poder Legislativo, Ejecutivo o Judicial- pueden inmiscuirse en funciones que son propias del otro. Y cuando esa contrariedad institucional sucede corresponde la inmediata reacción del órgano afectado, tal como ha sucedido en el caso chileno donde ante las declaraciones del Sr. Presidente de Chile y del Sr. Diputado de la UDI, rápidamente tanto el juez, como la Asociación Nacional de Magistrados, declararon y reclamaron la independencia del Poder Judicial, la inexistencia de sumisión de la justicia respecto de los otros dos poderes y la falta de tino del Ejecutivo y Legislativo al formular las declaraciones que fueron materia de reproche.
Todo un ejemplo para la Argentina donde la Sra. Presidente pasa por encima el rol propio del Poder Legislativo ejerciendo de manera inadecuada la función legiferante que no le corresponde mediante los famosos decretos de necesidad y urgencia (DNU) o decretos indebidamente reglamentarios como el que lleva el número 936, referido a los avisos de comercio sexual, que ostensiblemente, debió y debe ser materia de amplio debate en el Congreso de la Nación.
Lo mismo corresponde señalar respecto de los poderes ejecutivos provinciales que tienen a los departamentos legislativo y judicial como rehenes de su voluntad absoluta.
Alguna vez Argentina fue ejemplo de democracia republicana y los derechos y garantías que esta implica consagradas en la Constitución Nacional de 1853.
Hoy lamentablemente dejamos de serlo por ejecutivos autoritarios y poderes legislativos y judiciales sumisos todo lo cual se contagia en asociaciones afines (Asociaciones de Magistrados y Funcionarios, Colegios de Abogados, etc.) que no pueden ni quieren evitar el sometimiento respecto del titular del poder ejecutivo a cualquier nivel.
Con el comportamiento narrado en este escrito los hermanos chilenos nos están indicando el rumbo correcto a seguir por los actuales y futuros gobernantes, por asociaciones relacionadas, por el pueblo todo, de esta tierra abrumada, donde alguna vez eran habituales pronunciamientos de fiera defensa de la democracia republicana cuando alguno de los poderes –particularmente el ejecutivo- salía de sus limites prepotentemente sin el resguardo de un pronunciamiento judicial o de la ley que se lo permitiera. |
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