El pacto de Olivos, celebrado en 1993 a instancia del entonces presidente Carlos Menem y del cual participaron el ex presidente Raúl Alfonsín y otros políticos fue el paso previo y determinante para la reforma de la Constitución Nacional hasta ese momento vigente. En efecto, en 1994 La Convención General Constituyente que modificó la Ley Fundamental se reunió en Santa Fe y sancionó no sólo la reelección, tan ansiada por el ex presidente Carlos Menem, sino que en los hechos modificó a la democracia republicana, que formalmente continúa mencionada como forma de gobierno adoptada por la Nación Argentina en el artículo 1° de la Constitución Nacional, en una autocracia, para lo cual fue suficiente la introducción de dos disposiciones que en los hechos nos alejaron del camino de la división e independencia de poderes para quedar en manos de una sólo persona, el presidente de la Nación, titular del poder ejecutivo.
En efecto esa brutal concentración del poder se llevó a la práctica mediante el otorgamiento de atribuciones legislativos al Poder Ejecutivo según lo normado en el art. 99 inciso 3° dela Constitución Nacional e introduciendo en el artículo 114 el Consejo de la Magistratura, ente que tiene a su cargo la selección de los magistrados y la administración del Poder Judicial.
El artículo 99 inc. 3° de la Carta Magna prescribe que "El Poder ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes...podrá dictar decretos de necesidad y urgencia, los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros...".-.Es de público y notorio que tanto el gobierno de Carlos Menem como el que se inició con Néstor Kirchner y el actual, a cargo de Cristina Kirchner, han hecho un uso abusivo de los famosos DNU, tornando en excepcionales circunstancias que no lo son y consiguiendo en la practica suplantar al Congreso en esta tarea, acordando que los legisladores no se han plantado con firmeza para asumir el rol propio que fue usurpado por el ejecutivo (p.ej DNU respecto a la disposición de las reservas, del rol del BCRA, etc)
En cuanto al Consejo de la Magistratura, previsto en el art 114 de la Constitución nacional este organismo tiene la facultad de seleccionar a los jueces que también terminan siendo dependientes de la voluntad del ejecutivo por la alta presencia política en su integración donde prevalecen los representantes del partido al que pertenece el titular del Poder Ejecutivo o de partidos afines.
Esta modificación que altera en la práctica de manera sustancial la forma de gobierno democrática y republicana para convertirla en una modalidad autocrática se ha contagiado a las provincias donde las atribuciones de los gobernadores se han ampliado en forma análoga a las del presidente de la Nación
La provincia de Neuquén no ha sido ajena a esta monopolización de hecho de la autoridad por el Poder Ejecutivo, que decide innumerables temas que en una democracia republicana correspondería resolver al legislativo, señalando a título de ejemplo la conversión el BPN en S.A., la imposición de modificar el régimen de percepción de los beneficios jubilatorios , asumir exclusiva y excluyentemente las materias concernientes a salud, educación y seguridad, privando a tales áreas de recursos básicos, sin que la legislatura dictara norma alguna tendiente a corregir las falencias señaladas, etc.
Por su parte el consejo de la Magistratura regulado por la ley 2533, está integrado por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia, quien como los demás vocales que integran el Alto Cuerpo es designado por el Gobernador, dos miembros delos Colegios de abogados que son afines al partido gobernante y cuatro representantes de la legislatura dos perteneciente al MPN y otros dos a partidos aliados.
Por lo expuesto es que la Argentina no es una democracia republicana sino una autocracia manifiesta y decididamente operativa ya que también es de público y notorio que a nivel nacional o provincial el poder reside exclusivamente en el/la presidente o gobernador/a según sea el caso.
Así sostengo que para retornar a la buena senda es absolutamente necesario dejar sin efectos las facultades legislativas del Poder Ejecutivo y eliminar al Consejo de la Magistratura como ente seleccionador de los jueces.
No dudo en afirmar que la reforma de 1994 en los puntos indicados ha sido responsable relevante de la corrupción que ha invadido el país desde su entrada en vigencia y del descontrol del poder ejecutivo, convirtiendo a su titular (Presidente/a o gobernador/a ) en la única autoridad a cargo del gobierno integral del país o la provincia en su caso, lo que implica asumir de hecho la suma del poder público. |