El objeto de los constituyentes de 1853 fue expuesto con claridad en el preámbulo de la Constitución Nacional que integra y consiste, como sabemos, en constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad.
Luego de dos siglos de sancionada la Carta Magna la realidad nos encuentra enfrentados como nunca había ocurrido, no sólo en el pensamiento político sino que la desunión es una realidad lamentable en las relaciones sociales e incluso dentro de las propias familias.
La justicia ha perdido toda credibilidad, el error de designar jueces y fiscales afines al gobierno de turno ha hecho que magistrados y funcionarios se pronuncien subjetivamente e incluso abriendo las puertas a la política partidaria, olvidando que cuando en el Poder Judicial la política entra por la puerta la justicia salta por la ventana.
La inseguridad nuestra de cada día ha restringido hasta límites inconcebibles la vida de los ciudadanos que colocan en sus hogares rejas, alarmas, cámaras de video para mitigar las falencias del Estado en este punto, han dejado de salir de noche, se han armado esto es han adoptado infinidad de resguardos absolutamente insuficientes ante los homicidios, violaciones, robos que abruman, potenciados por la proliferación del narcotráfico que ha cambiado la manera de vivir de los argentinos y la paz se ha convertido en un deseo que aparece difícil de alcanzar.
La defensa común ha sido institucionalmente desactivada, en tanto las fuerzas armadas carecen de elementos materiales - buques, aviones, armas - para repeler efectivamente cualquier ataque exterior.
El bienestar general es una pretensión que los gobiernos no han atendido, mientras que los funcionarios han puesto toda su preocupación en acrecentar cada día su bienestar particular con privilegios que se traducen en cada actividad en que se ven involucrados, enriqueciéndose aceleradamente mientras el hombre de a pie vive en la pobreza poblando tomas y villas que hacen al gris de las grandes urbes.
En cuanto a los beneficios de la libertad apreciando que se desalienta la idoneidad creadora y se expulsa la inteligencia, considerando que el conocimiento es el único instrumento que nos hace libres, en la medida que reneguemos de él la libertad es una meta que jamás se alcanzará.
Así los principios y valores previstos en el preámbulo, que son mandas operativas que no requieren de norma alguna para su aplicación - tal como lo ha reiterado en numerosos fallos la Corte Suprema de Justicia de la Nación- han sido obviadas por los gobernantes violando flagrantemente la Constitución Nacional, transgresión que es de público y notorio conocimiento y que debe revertirse rigurosamente y a la brevedad en tanto se encuentra comprometido en grado extremo el sistema institucional que nos rige.
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Comentarios
SOLO LE AGREGARIA,( HUMILDEMENTE SI ME PERMITE), QUE EL ART. 29 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, ES PLENAMENTE OPERATIVO Y HABILITA LA REVOCACION DE MANDATO ELECTORAL.
CON MI MAYOR RESPETO.
DR.JORGE BARBERIS
TEL 02972 425 656
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