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Cristina Fernandez no podrá asumir si es elegida PDF Imprimir E-mail
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Escrito por hector luis manchini   
Miércoles, 28 de Junio de 2017 15:41

En Contacto Tucumano On Line leo: “Procesaron a Cristina y la embargaron por $ 10.000 millones como jefa de una banda dedicada a saquear el Estado. Martes, 27 de Diciembre de 2016 20:06. Procesaron a Cristina por la obra pública y ordenaron un embargo de $10 mil millones.; Antes de finalizar el año el juez Julián Ercolini procesó y embargó en $ 10.000 millones a Cristina Kirchner por el delito de asociación ilícita en la causa que investiga el direccionamiento de la obra pública a favor de Lázaro Báez. La medida alcanza a los ex funcionarios Julio De Vido, José López y Carlos Kirchner (primo del ex presidente), además de otras ex autoridades de Vialidad Nacional y Provincial. El procesamiento también se dictaminó sobre el empresario K favorecido con U$S 3.300 millones (valor actualizado) en contratos viales.En el marco de la causa que investiga una matriz de corrupción en la obra pública y lo que los fiscales Gerardo Pollicita e Ignacio Mahiques calificaron como un “plan criminal” para favorecer a Báez, preso hace ocho meses, el juez Ercolini avanzó con el procesamiento de Cristina Kirchner por ‘asociación ilícita’ como principal autoridad del gobierno que según la auditoría de Vialidad Nacional, fue favorecido con 52 contratos que en un 50 % quedaron inconclusos pero que cobró con sobreprecios por encima del 65 %.La ex Presidenta declaró en el marco de esta investigación y había pedido que se realice una auditoría integral sobre los contratos adjudicados desde 2003-2015, la Justicia pidió recientemente que Vialidad Nacional que realizó una amplia auditoría sobre las licitaciones que ganó el empresario K en el Sur, ratifique los números. Sólo en sobreprecios el Grupo Austral recibió U$S 1.000 millones y U$S 3.232 millones en contratos.Los números fueron determinantes en la decisión del Magistrado que también procesó a los ex funcionarios K responsables de manejar el presupuesto destinado a la obra pública y al propio Lázaro Báez que ya cuenta con dos procesamientos por lavado de dinero y que recibió los últimos doce años el 78,4 % del total de las obras licitadas por Vialidad Nacional.Es el segundo procesamiento que recibe Cristina Kirchner. El primero lo ordenó el juez Claudio Bonadio en la causa del dólar futuro y le trabó además, un embargo de $ 15 millones que al declarar la ex Presidenta que no contaba con dichos fondos, tras ceder toda su fortuna a sus hijos, se decidió una inhibición general de sus bienes.Hay otras causas en las que es investigada la familia Kirchner: Los Sauces SA (inmobiliaria acusa de falsificación de documentos públicos y enriquecimiento ilícito y cuyos dos principales inquilinos fueron Báez y Cristóbal López), en esta investigación el Juez intervino la empresa y la cuenta de la Sucesión Néstor Kirchner, además de correr de la administración de la misma a Máximo Kirchner.También en Hotesur SA (dueña del hotel Alto Calafate investigado por lavado de dinero), la Justicia avanza sobre los Kirchner. En el marco de esta causa el juez Ercolini embargó los más de U$S 5 millones de Florencia Kirchner y hay un pedido de los fiscales de embargar los bienes de los hijos de la ex Mandataria producto de la Sucesión y se solicitó que la medida alcance a dos hoteles de la familia, el Alto Calafate y La Aldea de El Chaltén”. Fuente: http://www.clarin.com/politica/procesan-cristina-kirchner-asociacion-ilicita-ordenan-embargo-10-mil-millones_0_BkMyiflrg.html

Aquí corresponde señalar que el procesamiento es una resolución que no admite duda del juez para dictarlo y así el procesamiento sólo puede llevarse a cabo cuando es probable y no meramente posible la existencia del hecho y la culpabilidad del imputado, sosteniendo la doctrina que esta decisión excluye la duda (Código Procesal de la Nación Almeyra-Baez, págs.306 y s.s.).

La gravedad del  motivo de la resolución dictada “Jefa de una banda dedicada a saquear el Estado”, determina por elementales normas de ética y moral para el caso que la Dra Fernández resulte elegida deberá suspenderse su admisión al Senado hasta que se resuelva la verdad sobre el ominoso delito por el que es procesada, esto es hasta que haya sentencia firme sobre el particular o no permitir su incorporación al Congreso pues la entidad de los procesamientos impiden que pueda jurar en los términos de  los artículo 66 y 67 de la Constitución Nacional en tanto tal resolución controvierte la legitimidad de la designación y la validez de los actos que la Dra Fernández realice actuando en la Cámara si finalmente resulta condenada por mediar certeza apodíctica, absoluta, sobre su culpabilidad.

 
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