Escrito por hector luis manchini
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Martes, 15 de Noviembre de 2022 14:09 |
El artículo 14 de la Constitución Nacional prescribe «Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio; a saber: ...de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa...».
Según Carlos Nino en Fundamentos de Derecho Constitucional «La libertad de expresión de las ideas es un bien central de la concepción liberal de la sociedad», ello implica la más amplia libertad de opinión, presupone la posibilidad real y efectiva de oír todas las argumentaciones con la misma amplitud, en un libre mercado de ideas donde todas circulen con idénticas oportunidades de ser confirmadas o refutadas.
La defensa de la libertad de expresión en las repúblicas democráticas se sustenta en la necesidad de facilitar el debate acerca de las cuestiones de interés público y sobre las opciones políticas y partidarias que se presenten al ciudadano a fin de que este forme su propio juicio, critique, enmiende, elija entre opciones o crea otras nuevas y, al hacerlo, fortalezca y perfeccione el sistema.
Lo expuesto en el párrafo precedente es lo que se logra con la «Sección cartas» espacio del cual desde los años 1980 hasta el presente soy habitual usuario agradecido en el diario Rio Negro, Clarín, Nación y tantos otros que han permitido la expresión, el intercambio de ideas, de informaciones, en suma, un generoso espacio que con amplitud nos brindan a los lectores y nos permiten ejercer personalmente la libertad de expresión tan preciada. |
Última actualización el Miércoles, 16 de Noviembre de 2022 20:06 |