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Inconstitucionalidad de la extinción de la acción penal por plazos fatales PDF Imprimir E-mail
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Escrito por hector luis manchini   
Sábado, 05 de Julio de 2025 16:06

plazos fatalesSegún se informa en la pág.10 del 05/07/2025 del diario Río Negro «en un nuevo capítulo de la pulseada en el Poder Judicial del Neuquén, el Tribunal de Impugnación sobreseyó por segunda vez a Miguel Ángel Monsalve condenado por robo en poblado y en banda al declarar extinta la acción penal por vencimiento de los plazos procesales».

Que en un caso similar caratulado «Seccional cuarta s/investigación s/impugnación» del 06/08/2024 el juez Rosatti afirma que «Son inconstitucionales los artículos 146 y 147 del Código Procesal Penal de la Provincia del Chubut en cuanto establecen el tiempo máximo de tres años de duración del procedimiento penal y la posterior extinción de la acción penal, pues la determinación de un plazo razonable como causal de extinción de la acción penal no configura una hipótesis de ejercicio del margen de apreciación local derivada de nuestro sistema federal de gobierno».- CSJN, por mayoría, remitió al precedente «Price» (Fallos: 344:1952).

La CN es contundente en torno a la asignación de competencias en función de la naturaleza sustantiva o procesal de una materia: en el primer caso su regulación corresponde al gobierno federal, a través del Congreso Nacional, y en el segundo a las autoridades locales, remarcando que la violación del sistema federal de gobierno afecta la seguridad jurídica en tanto provoca que el derecho de la sociedad a defenderse contra el delito sea conjugado con el del individuo sometido a proceso.

Por las consideraciones expuestas en los fallos citados precedentemente el sobreseimiento de Miguel Ángel Monsalve por el Tribunal de Impugnación del Neuquén resulta que en virtud de que ha vulnerado principios sustanciales de la CN como la seguridad jurídica y el gobierno federal corresponde que se decrete la inconstitucionalidad del sobreseimiento por la extinción de la acción penal de un modo no previsto por el derecho de fondo.

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Última actualización el Sábado, 05 de Julio de 2025 16:13
 
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