El 28 de diciembre de 2012 la Oficial de Justicia Verónica Pelayes en cumplimiento de su rol y en virtud de la imposición de la Juez Liliana Deiub de cumplir a cualquier costo la orden firmada por la Dra. Ivonne San Martín que requería a los representantes de la Comunidad Maliqueo dejar libre el acceso a las instalaciones de la firma Apache, se concretó por parte de las autoridades de la firma petrolera y de las autoridades judiciales un manifiesto abuso respecto de la citada trabajadora en tanto sabiendo la existencia de un relevante conflicto entre ambas partes acerca de la cuestión debatida y apareciendo de rigor el enfrentamiento entre los dos bandos, la firma privada insistió innecesariamente en el cumplimiento de la diligencia y la autoridad judicial imprudentemente, sin evaluar la controversia que aparecía inminente ante cualquier hecho con entidad suficiente para encender la mecha de la violencia y el desatino, ejercieron presión a la trabajadora a los fines de que expusiera su integridad física aún cuando la labor se llevara a cabo más allá del horario fijado y todo ese despliegue de apresurado reclamo y autoridad acabó convirtiendo a la Oficial de Justicia en víctima de una situación de violencia cobarde, en tanto sin aviso, en forma alevosa, fue literalmente lapidada por integrantes de la comunidad y la pasividad de agentes del orden, el abogado Jorge Brillo (h) y otros representantes o empleados de Apache.
Una piedra brutal hizo trizas el vidrio de la ventanilla del conductor con furiosa intención homicida causándole lesiones gravísimas en el rostro de la trabajadora que acabó destrozado por la fuerza de la criminal acción de Carol Soae, que para exteriorizar su ira a quien nada tenía que ver en la controversia, estaba cumpliendo con su trabajo, que en los hechos aparecía como la parte más débil, más vulnerable en el escenario de batalla, era un simple mensajero del Poder Judicial que la obligó a hacer, con desprecio por sus seguridad física, determinando imperativamente llevar a cabo la tarea cuando era manifiesto que las circunstancias imponían un diálogo previo y suspender cualquier acto en trámite hasta que la beligerancia cesara para procurar hallar la salida más civilizada a una confrontación que se prolonga en el tiempo y aparece pública y notoria.
Sin duda que la Oficial de Justicia Verónica Pelayes no debió ser obligada a realizar el trabajo en esas condiciones, por supuesto que quienes tenían el rol de cuidarla en el acto debieron actuar en tal sentido, no dudo en afirmar que el Dr. Jorge Brillo (h) y demás personas que estaban en el lugar debieron prestamente impedir que este grave crimen se concretara y así es altamente reprochable la acción, decisiones y comportamiento de todos los que de alguna manera estuvieron involucrados en el evento.
Las lesiones gravísimas que sufrió Pelayes, aún sanando nunca desaparecerán, y todo ello obliga a que de la manera más rápida y eficiente posible se curen las heridas, se sancione severamente a los autores de la lapidación, se resuelva definitivamente el conflicto entre las partes enfrentadas para que cese la situación de beligerancia y vuelva la paz y sustancialmente el ferviente deseo que paulatinamente el desatino violento y su secuela de dolor y sangre se torne olvido en la mente de la trabajadora. |