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Judicialización de la violencia familiar o de género PDF Imprimir E-mail
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Escrito por hector luis manchini   
Jueves, 11 de Marzo de 2010 22:04

 

Ni la mejor de las leyes ni el tribunal de familia mejor conformado, o la defensora de menores más avezada pueden generar una solución adecuada a los fines de abatir a la violencia familiar o la violencia de género.

En efecto, no porque una norma declare que los jueces deben tener en cuenta el interés superior del niño tal circunstancia se va a concretar indefectiblemente en los distintos supuestos que le toque decidir al magistrado pues su realización no depende ni de los conocimientos, la buena fe y el interés del juez sino que en todos los casos la cuestión se resolverá en el seno de la familia que tiene a su cargo al menor por el  ejercicio responsable de los adultos de los deberes, que respecto del infante, les imponen las leyes.

Los jueces y defensores llegan siempre tarde al conflicto. Cuando este se suscita los encargados de defender y juzgar están lejos y así cuando se provoca el problema - cualquiera que sea - que afecta al menor o a la familia en su conjunto, aunque se haya adoptado la mejor decisión y observando rigurosamente la Ley de Menores, la Convención de los Derechos del Niño y normas análogas, serán las partes las que con su accionar honrarán lo resuelto por la Justicia, decidirán la cuestión en el lugar de los hechos pacífica y razonablemente o por el contrario acudirán a la violencia irracional y trágica.

Ello es así pues no hay manera de reglar los sentimientos de los seres humanos, sus apetencias, sus emociones. En una palabra los conflictos de menores y familia que se judicializan llegan a buen puerto si las partes involucradas así lo deciden, honrando la decisión adoptada por los jueces sin recurrir a las vías de hecho.


 

Última actualización el Miércoles, 07 de Abril de 2010 20:44
 
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