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Derecho de la victima
A la vuelta de la esquina PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Lunes, 24 de Diciembre de 2012 20:52

pesebre

A la vuelta de la esquina de una vida apresurada me encuentro con una multitud de recuerdos que por ser Navidad han decidido salir del arcón de las buenas cosas y hacerle un piquete a mi habitual nostalgia calificada por la distancia y el tiempo y cada abrazo amigo devuelve a mi adusta tez esa sonrisa que se había perdido entre zancadillas y tropezones.

Esos amigos del alma que decidieron anticiparse en la partida de este mundo de locos, que no dejan de preguntarme por la familia, los pibes, mi berretín granate, la pretensión de vivir hasta siempre en mi barrio de casas bajas, con gente amable, el saludo cotidiano a cada paso y esa sensación que la gente era feliz.

Última actualización el Domingo, 06 de Enero de 2013 09:19
 
Que lo esencial no sea invisible a los ojos PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Sábado, 22 de Diciembre de 2012 18:23

logo sociedad rural argentinaAyer por la tarde, casi llegando la noche, me entero que el Gobierno Nacional en otra decisión incomprensible decidió por decreto de presidencia asumir la titularidad del predio de la Sociedad Rural Argentina sito en Palermo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el fin aparente de realizar allí la feria del libro y convertirlo en el lugar donde se instalará Tecnópolis y otros emprendimientos que la Presidente decida en su momento.

Las primaveras visitando la Rural era una enraizada costumbre de propios y extranjeros que en mi caso particular se instaló como un evento feliz en mis sesenta y cinco años de vida.

Allí acudía a ver el campo que habia llegado generoso y alegre a la urbe gris y era un puñado de días de guardapolvos blancos, de tardes de sol para veteranos y bellas damas, de pochoclos y risas con los viejos, y mil novedades que aparecían deslumbrando bvaquí y allá.

Última actualización el Domingo, 06 de Enero de 2013 09:19
 
La ludopatia arrasa Zapala PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Miércoles, 19 de Diciembre de 2012 19:55
ludopatia

La ludopatía o adicción al juego es reconocida por la OMS y sus organizaciones asociadas desde 1992 como una "enfermedad o trastorno mental" (ICE-10 Manual de Clasificación de Enfermedades Mentales de la OMS), remarcándose que incluso ya había sido identificada de forma similar desde el año 1980 por la Asociación Americana de Psiquiatría (APA, ver Manual diagnóstico y estadístico de trastornos mentales).

Refiriéndose a esta enfermedad se ha dicho que: "La persona es empujada por un abrumador e incontrolable impulso de jugar. El impulso persiste y progresa en intensidad y urgencia, consumiendo cada vez más tiempo, energía y recursos emocionales y materiales de que dispone el individuo. Finalmente, invade, socava y a menudo destruye todo lo que es significado en la vida de la persona" (American Psychiatric Association, 1995, "Criterios diagnósticos del juego patológico", http://www.psych.org/).

Última actualización el Jueves, 20 de Diciembre de 2012 22:29
 
Suspensión del juicio a prueba inexcusable observancia a la negativa fiscal PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Jueves, 20 de Diciembre de 2012 22:22

Que con fecha 18 de septiembre de 2012, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, Sala II, en autos “N., S.I.” resolvió revocar la sentencia del juez de grado que había dispuesto no hacer lugar a la solicitud de suspensión del juicio solicitada por el imputado.

 
Derechos adquiridos, indemnización y otras secuelas PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Sábado, 15 de Diciembre de 2012 19:23

La doctrina de la CSJN sobre el principio de los derechos adquiridos que hacen a la esencia del derecho de propiedad reglado por el art. 17 de la Constitución Nacional: “Conforme a una arraigada jurisprudencia, los derechos contractuales que poseen los concesionarios y/o licenciatarios de servicios públicos constituyen verdaderos derechos de propiedad protegidos por la garantía constitucional que consagra el art. 17, CN, en los siguientes términos: “La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública debe ser calificada por ley y previamente indemnizada”.

Última actualización el Sábado, 15 de Diciembre de 2012 19:26
 
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