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Derecho de la victima
De Vagos y Malentretenidos PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Viernes, 14 de Febrero de 2014 23:17

Hoy, 14 de febrero de 2014, tuve la primer audiencia según el nuevo código por el juicio de mi hijo que cumple seis años y dos meses de tramite.

Toda la causa se sustancio sin los imputados, amigos fervientes del MPN, luego de tres postergaciones telefónicas.

Esta vez uno de los imputados se dignó a venir el otro falto estaba en Brasil, yo asistí como en las más de veinte audiencias que tuvo el expediente.

 
Violación y solución del conflicto PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Miércoles, 12 de Febrero de 2014 15:51

Con fecha 11/02/2014, en el diario Rio Negro, página 34, bajo el titulo "Admitió violento abuso en Aluminé", leo " Zapala (AZ).- Tal como lo admite el nuevo Código Procesal Penal neuquino, las partes acordaron el hecho imputado, la calificación legal y la participación del acusado en la violación que sufrió una joven de Aluminé en la Navidad del 2012. Fiscalía, querella y defensa unificaron criterios en cuanto a la responsabilidad de Pablo Bergese en el hecho, el cual en su momento conmovió a la localidad cordillerana y generó un enérgico reclamo de justicia.

En el afán de resolver el conflicto sin apreciar la verdad real y la ley se decidió acordar respecto de hechos que no pueden ser materia de acuerdo alguno en tanto que el abuso sexual en todas sus formas debe ser sometido a un juicio justo no pudiendo de manera alguna llegarse a un avenimiento en el cual la victima de la violación acuerde con quien la ultrajó los puntos que fueron convenidos en la audiencia citada en el párrafo precedente.

 
Sanción al latrocinio PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Lunes, 10 de Febrero de 2014 15:36

Para que en los hechos funcione la democracia republicana realizando la división e independencia de poderes, se requiere sustancialmente que los mecanismos de control y de sanción de la irresponsabilidad no sean meras formalidades sino instrumentos activos y eficaces que no permitan jamás la intromisión de un poder en otro, ceder a cualquier tipo de presión, la sumisión, algún tipo de dependencia y la sanción política, penal y civil para el caso que alguien se salga de la senda e incumpla el poder que le otorgó el pueblo.

Última actualización el Lunes, 10 de Febrero de 2014 15:40
 
Suerte de pobre PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Martes, 11 de Febrero de 2014 15:47

Es manifiesto que el juicio por jurados con el reemplazo de la verdad y la ley por la solución del conflicto, la ausencia de constancias escritas cambiadas por grabaciones, y videos, la instauración de una querella sin voz ni voto, la consignación en la ley de forma de la suspensión del juicio a prueba que se aplica rigurosamente en el 99,9 % de los casos, el olvido que Neuquén no es una provincia sino dos, una rica y con todos los elementos técnicos necesarios y otra pobre, lejana, sin recursos ni técnica, sólo casinos, silencio y viento que comienza cruzando Arroyitos y donde p.ej en el caso de mi hijo Pablo que ya lleva 6 años y dos meses de trámite por unas lesiones gravísimas donde fueron identificados autores y probada materialidad del hecho se me notifica por teléfono porque TSJ no puede pagar internet en Zapala o por banda ancha o por lo que sea.

Última actualización el Martes, 11 de Febrero de 2014 15:51
 
Reforma temible PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Jueves, 06 de Febrero de 2014 17:08
juicios por jurados

Siempre me pregunté cual era el motivo profundo de una reforma procesal voluntarista e innecesaria en la provincia del Neuquén, con muchos gastos para instalar, como dijo el Dr. Zaffaroni, un trámite malo como el juicio por jurados, que no funcionó en ningún lado y que en principio es un medio fantástico para dejar a delincuentes sin castigo, víctimas a merced de los criminales, querellantes sin voz ni voto, derogando cualquier constancia escrita y hasta la misma instrucción, esto es la investigación ordenada del caso, con la precisa descripción del hecho que es materia de investigación, que es reemplazada por una recopilación de datos informal, que lleva el fiscal y sin valor de prueba en el juicio ya que la única que vale es la que se produce en el "debate".

Última actualización el Martes, 11 de Febrero de 2014 15:52
 
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