Escrito por hector luis manchini
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Domingo, 08 de Julio de 2012 22:29 |
Existen distintos ámbitos donde se clama por seguridad jurídica. Sin duda el prioritario es ese ámbito cotidiano donde el ciudadano desarrolla la vida diaria y que comprende su hogar, su familia, la calle, el trabajo, la vuelta a casa.
Esa garantía de confianza está sin duda a cargo del Estado, traducida en la policía y en la justicia adoptando las medidas de prevención generadoras de paz y tranquilidad.
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Última actualización el Domingo, 08 de Julio de 2012 22:32 |
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Escrito por hector luis manchini
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Miércoles, 04 de Julio de 2012 20:10 |
En el diario Río Negro del 02/07/2012 se informa "El gobernador Jorge Sapag continuará mañana en Chos Malal una serie de reuniones entre funcionarios, legisladores, intendentes y miembros de su partido. Aunque niega que eso tenga que ver con su re reelección, cuando se le pregunta por la reforma la Constitución para hacerlo viable, destaca que si bien esa no es hoy su preocupación el problema de la sucesión afecta a la gobernabilidad y la introducción de la re reelección "no es algo que afecte el espíritu ‘de la Carta Magna’"
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Escrito por hector luis manchini
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Miércoles, 27 de Junio de 2012 15:58 |
Con fecha 26/06/2012 el Ministro de Educación de la Nación, Alberto Sileoni, anunció que a partir del año próximo los alumnos de 1º pasarán a 2º automáticamente, más allá de los conocimientos adquiridos. Señaló que es una tendencia mundial y que... "No se trata de una medida facilista ni de nivelar para abajo, es una medida que está presente en el mundo y está acompañada por evidencia científica sosteniendo que es más fácil decirle a un pibe de seis años no llegaste, vas a repetir agregando que el facilismo es no meterse ni tomar partido en estas cuestiones".- (Infobae On Line 26/06/2012)
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Escrito por hector luis manchini
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Lunes, 02 de Julio de 2012 19:39 |
En el diario online Agencia de Noticias Bariloche se informa “El juez correccional - de Bariloche - Gregor Joos resolvió absolver a Jorge Ernesto Maldonado quien el 12 de diciembre del año 2009 atropelló a una mujer con su vehículo, que perdió la vida producto de los golpes recibidos. El conductor había explicado a la justicia que su auto, un Fairlane, había sido adquirido unos días antes, por lo cual desconocía la falla en los frenos que ocasionó la colisión.
Lo expuesto precedentemente determina obviamente que el Sr. Juez consideró que la falta de revisión por Maldonado del estado de los frenos de su auto no constituyó una situación de riesgo suficiente como para encuadrar su acción como delito culposo por falta de debido cuidado, esto es por negligencia.
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Escrito por hector luis manchini
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Martes, 26 de Junio de 2012 20:14 |
Con fecha 15 de marzo de 2012 la Excelentísima Cámara en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo con sede con sede en la ciudad de San Francisco, Córdoba, asiento de la Quinta Circunscripción Judicial resolvió rechazar el recurso de apelación interpuesto por los señores M.E.B. y R.G.G. en contra del auto Nº 236 del Señor Juez de Primera Instancia que hizo lugar al pedido formulado por la señora D.V. y en consecuencia disponer la restitución del niño R.L.V., a su progenitora sin costas atento la naturaleza de la cuestión debatida imponiendo a la progenitora del niño la continuidad del tratamiento psicológico oportunamente iniciado y la responsabilidad de asegurar la continuidad del tratamiento psicológico de su hijo del niño R.L.V., debiendo acreditar dicho extremo mensualmente tal como lo decidió el juez de la anterior instancia imponiendo las costas a los apelantes vencidos.
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